viernes, 14 de octubre de 2011

COMPRA DE LA CASA DEL PUENTE DE AMANCIO WILLIAMS

El Departamento Ejecutivo confía en poder concretar la adquisición de la Casa del Puente en las próximas semanas, confiaron fuentes de la comuna a LA CAPITAL, indicando que en estos momentos se está avanzando en la realización de una serie de trámites previos a la firma un boleto de compra venta. La operación incluye al histórico inmueble diseñado y construido por el arquitecto Amancio Willams, además de los lotes que la circundan en los que se asienta el parque que forma parte de la propiedad. 
Según explicó días atrás el secretario de Economía y Hacienda, Mariano Pérez Rojas, la adquisición sería financiada en parte con 2 millones de pesos que la Nación ya le giró a la Municipalidad para abonar parte del costo, a los que habría que agregarles entre 10 y 12 millones de pesos extras, para completar la cifra establecida en la tasación de la casa y las parcelas aledañas que componen el predio. 
Actualmente el municipio está negociando con el propietario de las características de la operación y están siendo evaluadas las condiciones del pago, entre otras cuestiones. Como se recordará, la compra de la Casa del Puente fue acordada a partir de la firma de una carta de intención en el mes de abril entre el municipio y su dueño, con lo cual, fueron dejadas de lado otras alternativas que habían sido consideradas para tratar de rescatar el inmueble, sometido en los últimos años a un intenso proceso de deterioro. 
Fuentes del Ejecutivo precisaron que con la firma del boleto de compra y venta, para lo cual sería desembolsada una significativa cantidad de dinero, la comuna se aseguraría la tenencia de la propiedad y podría comenzar a poner en marcha un plan de recuperación de su estructura. Esto podría ocurrir en las próximas semanas, mientras se desarrolle el resto de las cuestiones administrativas y legales tendientes a realizar la escrituración definitiva del inmueble en favor de la comuna.
Por sus características, la Casa del Puente es considerada como un hito de la arquitectura y el arte del siglo XX y posee cualidades que, según algunos expertos, hasta podrían merecer que figure en la lista del patrimonio mundial una vez que sea restaurada.
De acuerdo a lo informado días atrás, la intención del municipio es la de reconstruir la casa para luego poder aprovecharla como atractivo turístico y convertirla en un centro cultural.
La decisión de que la propiedad sea adquirida directamente por la comuna fue convalidad este año por el Concejo Deliberante que, de manera unánime, avaló el acta acuerdo firmada entre el jefe comunal y su actual propietario. 
Luego de eso, una comisión de tasación estableció que el valor inmobiliario de toda la propiedad oscila entre los 10 y los 12 millones de pesos.


Nota:  
http://www.lacapitalmdp.com/noticias/La-Ciudad/2011/10/12/197633.htm

LA CASA DEL PUENTE APARECE EN LA LISTA DE SITIOS HISTORICOS 
EN RIESGO DE DETERIORO

Fue dado a conocer por una Fundación Internacional. Desde el municipio aseguraron que el inmueble será adquirido este año. Monumentos históricos de trece países de Iberoamérica forman parte de la lista de lugares que corren peligro de deterioro, anunció hoy la organización World Monuments Fund (WMF).

En América Latina están amenazados de deterioro diversos lugares en Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití, México, Panamá, Perú y la República Dominicana, y entre ellos destacan los peruanos geoglifos de las Líneas de Nazca.

Argentina cuenta con tres lugares amenazados: la Casa sobre el Arroyo en Mar del Plata y Ciudad de la Plata, en la provincia de buenos Aires, y Pucará de Tilcara en Quebrada de Humahuaca (Jujuy). Indicó la presidenta de WMF, Bonnie Burnham, durante una conferencia de prensa en Nueva York:
“Todos estos lugares pueden ser salvados, y creemos que será posible lograrlo"

Por su parte, desde el gobierno municipal defendieron las gestiones que han desarrollado en estos años y confirmaron que el inmueble será adquirido este año con fondos de la Nación.

Días atrás, la concejal Débora Marrero (AM) afirmó que el Departamento Ejecutivo avanza con las negociaciones para tratar de cerrar con éxito la operación inmobiliaria en el transcurso de este año.

Si bien admitió que transcurrieron varios meses desde el momento en el que el municipio acordó la compra de la Casa del Puente con su propietario, la edil justificó los plazos que está insumiendo el trámite al explicar que, como parte del proceso, se le dio intervención a la comisión de tasación municipal para fijar un precio, “según lo establecen las normas”.

Asimismo la concejal destacó que el actual gobierno “fue el único que en todos estos años logró lo necesario para que la Casa del Puente pase al patrimonio público municipal, con el apoyo de la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, que ha enviado sobre el total del costo de la casa un aporte para que se pueda efectuar la firma del boleto de compra y venta.”

Fuentes:
Nota extraida del diario Digital Punto Noticias
http://www.puntonoticias.com/la-casa-del-puente-aparece-en-lista-de-sitios-historicos-en-riesgo-de-deterioro/


jueves, 13 de octubre de 2011

CONSEJO ASESOR DE INVERSIONES


DECRETO Nº 202
Visto la necesidad de crear el Consejo Asesor de Inversiones de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Partido de General Pueyrredon y

CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia y conveniencia la creación de este Consejo Asesor, como base de una política participativa, caracterizada por una gestión concertada y planificada.
Que se ha considerado imprescindible lograr la vinculación entre el sector privado y el público en aquellos emprendimientos urbanísticos y de infraestructura que tengan una importancia destacada para el desarrollo de la ciudad.
Que en dicho sentido resulta útil involucrar a las Entidades representativas de nuestra ciudad en materia de inversiones dentro de un ámbito específico de encuentro de opiniones como lo es el Consejo Asesor a crear, cuyo propósito es establecer un marco coherente para la organización y la cooperación de los distintos actores, articulando las actuaciones del sector público, del privado, del académico, de los trabajadores y de los empresarios de la construcción.
Que la necesidad de definir, organizar e implementar una agenda local de inversiones en la materia, requiere una lectura integral de la realidad, a efectos de usufructuar las fortalezas y las oportunidades que brinda la evolución de los distintos escenarios, como así también morigerar la incidencia de las amenazas y las dificultades que pueden derivar de los mismos, a cuyo efecto, el fortalecimiento del tejido asociativo que conforman los distintos actores de nuestra comunidad involucrados en el Consejo Asesor, constituye la herramienta adecuada e idónea para ello.
Que el espacio institucional propuesto contribuirá a la concreción del Proyecto de Ciudad y de Partido definido en el  Plan Estratégico Mar del Plata.
Por todo ello y en función de las atribuciones que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

CAPITULO I. Creación, objeto, funciones y composición
Artículo 1º.- Créase el Consejo Asesor de Inversiones de Desarrollo Urbano e Infraestructura, que funcionará  como órgano colegiado consultivo de asistencia y de colaboración del Departamento Ejecutivo, ubicado a fines administrativos en la órbita de la Secretaría de Planeamiento Urbano.

Artículo 2º.- El Consejo Asesor de Inversiones estará integrado por:
a) Dos (2) representantes titulares y dos (2) representantes suplentes del Departamento Ejecutivo del Municipio del Partido de General Pueyrredon. Uno (1) de los representantes titulares será el Secretario de Planeamiento Urbano;
b) Dos (2) representantes titulares y dos (2) representantes suplentes del Honorable Concejo Deliberante del Municipio del Partido de General Pueyrredon. Uno (1) de los representantes titulares corresponderá al bloque oficialista y el otro de los representantes titulares será seleccionado entre los restantes bloques. El mismo criterio se adoptará con relación a los representantes suplentes.
c) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente de la Cámara Argentina de la Construcción Delegación Mar del Plata;
d) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente del Centro de Constructores y Anexos de Mar del Plata;
e) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina;
f) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IX;
g) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires Distrito II;
h) Un (1) representante titular y un (1) representante suplente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos Departamento Judicial Mar del Plata;
i) Dos (2) representantes titulares y dos (2) representantes suplentes del Plan Estratégico Mar del Plata. Uno (1) de los representantes titulares será el Coordinador de la Comisión Mixta del Plan Estratégico y el otro un (1) miembro del sector académico, ambos con sus respectivos suplentes.

Artículo 3º.- La Presidencia del Consejo de Asesor estará a cargo del Secretario de Planeamiento Urbano en representación del Intendente Municipal o, en caso de ausencia, del otro representante del Departamento Ejecutivo del Municipio del Partido de General Pueyrredon. La asistencia técnica y administrativa que fuere necesaria para su funcionamiento será prestada por los órganos municipales competentes o por cualquier otra institución o persona que pudiere prestarla, según el caso.

Artículo 4º.- Son funciones del Consejo Asesor de Inversiones:
a) Proponer medidas de actuación conducentes al mejor desarrollo de la política de inversiones en materia de desarrollo urbano e infraestructura; así como a la mayor eficiencia y optimización de la interacción entre los sectores públicos y privados; en su caso, proponiendo normativas que faciliten, estimulen y alienten la inversión privada.
b) Asesorar al Departamento Ejecutivo en materia de inversiones de desarrollo urbano e infraestructura. En general, en la formulación de políticas de inversión; y, en particular, con relación a los proyectos y/o programas de inversión específicos y determinados que sean enviados para su conocimiento y opinión.
c) Analizar proyectos, ideas y propuestas de inversión pública y privada que permitan fortalecer el desarrollo integral del Partido de General Pueyrredon en general, y en particular de sus áreas y corredores productivos y turísticos, como así también de su conexión y articulación a escala urbana y regional.

Artículo 5º.- Los órganos del Departamento Ejecutivo, así como los entes descentralizados municipales, podrán enviar para conocimiento y opinión del Consejo Asesor de Inversiones las iniciativas y propuestas relativas a inversiones de desarrollo urbano e infraestructura.

CAPÍTULO II. Reuniones y agenda
Artículo 6º.- El Consejo Asesor de Inversiones se reunirá inicialmente y en forma preparatoria en el transcurso de la primer semana de febrero del año 2.010. Luego de ello y por convocatoria de la Presidencia, las sesiones ordinarias se llevarán a cabo mensualmente durante los primeros seis (6) meses. Transcurrido dicho lapso, el Consejo establecerá la frecuencia de las reuniones de carácter ordinario. Asimismo, podrá reunirse en sesiones extraordinarias a solicitud de la Presidencia o de, al menos, cuatro (4) de sus integrantes titulares.

Artículo 7º.- La Presidencia presentará, con la debida anticipación, el proyecto de agenda correspondiente.


CAPÍTULO III
Autoridades, régimen de trabajo y quórum

Artículo 8º.- En el Consejo Asesor de Inversiones podrán constituirse grupos de trabajo, a cuyas reuniones podrán ser convocados representantes de las Administraciones públicas y de los sectores implicados, actuando como asesores de las materias a tratar.

Artículo 9º.- Son funciones y atribuciones de la Presidencia:
a) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Asesor de Inversiones;
b) Presidir, abrir y levantar las sesiones;
c) Dirigir los debates y someter a consideración los asuntos, conforme con la agenda establecida;
d) Enviar al Departamento Ejecutivo los informes, opiniones y recomendaciones a que hubiere llegado el Consejo Asesor de Inversiones; y
e) Constituir grupos de trabajo y convocar a representantes de las Administraciones públicas y de los sectores implicados.

Artículo 10º.- El Consejo Asesor de Inversiones podrá sesionar en reuniones ordinarias y extraordinarias con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes titulares. Sus informes, opiniones y recomendaciones serán adoptados por mayoría simple de los presentes. En caso de paridad, la Presidencia tendrá doble voto.

Artículo 11º.- El Consejo dejará constancia de sus deliberaciones en actas, que recogerán el resumen de las posiciones de los miembros, los informes, las opiniones y las recomendaciones acordadas.

Artículo 12º.- La Secretaría de Planeamiento Urbano será autoridad de aplicación del presente, encontrándose facultada para dictar las resoluciones inherentes a su óptimo desarrollo y ejecución.

Artículo 13º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y por el Señor Presidente del Ente de Obras y Servicios Urbanos (ENOSUR).

Artículo 14º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, tome conocimiento la Dirección de Relaciones Públicas y comuníquese a través de la División Notificaciones dependiente de la Dirección de Administración.

Nota del Autor: En referencia a la creación de este "órgano consultivo" sería interesante que en la constitución del mismo estuvieran representados tambien otros sectores de la sociedad como ser sociedades de fomento,  y ONGs, ya que la mayoría de este consejo esta integrado por mayoria de profesionales de la construcción con intereses creados en distintos sitios. Algo que se debería revisar en el futuro.

miércoles, 12 de octubre de 2011

GENERALIDADES PARA LA MODIFICACIÓN DEL COT



Código de Ordenamiento Territorial

El Decreto Ley Provincial Nº 8912/77 del cual surgió toda la normativa existente en materia de ordenamiento territorial sirvió para gestionar durante 10 años todo lo concerniente a esta materia. Dicha normativa se corrigió y se unificó  en el año 1988.

Posteriormente, se agregaron otras normativas y se depuraron normas que estaban duplicadas en el Reglamento General de Construcciones, compendiando las mismas en una normativa digitalizada la cual fue publicada en julio del año 2000  por la Secretaría de Obras, Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental.

El Código rige el Ordenamiento del territorio del Partido de General Pueyrredon y regula el uso, la ocupación, la subdivisión y el equipamiento del suelo; la preservación de sus ámbitos arquitectónicos y paisajísticos y todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento territorial.

Consecuentemente con este código, la Secretaria de Obras promovió la sanción de ordenanzas que regularan la interacción entre las instituciones locales  ( COLEGIOS PROFESIONALES Arquitectos, Ingenieros y Técnicos, CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION DELEGACION MAR DEL PLATA, CENTRO DE CONSTRUCTORES Y ANEXOS, INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA CONSTRUCCION, UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION SECCIONAL MAR DEL PLATA, CAMARA DE ADMINITRADORES DE PROPIEDAD HORIZONTAL y el Municipio, sancionándose  para este aspecto la Ordenanza Nº 12698 (Registro de Constructores), la Ordenanza Nº 12246 (Cartel de Obra) y la Ordenanza 12562 (Mantenimiento y Conservación de Edificios en Altura)

…“El municipio debe otorgar la autorización para construir siendo este  el acto administrativo comunal  por el cual  el propietario puede hacer uso de su derecho demostrando  el cumplimiento normativo, tanto de las normas de Ordenamiento Territorial (COT) como de el Reglamento General de Construcciones, Leyes y Decretos de índole Nacional o Provincial.  Confluyen en esto dos intereses legítimos el del administrador (municipio) ejerciendo el poder de policía de obra priorizando en sus propios actos el interés general  y el profesional responsable de ejecutar un emprendimiento constructivo representando el Interés Particular de su comitente el propietario…”

…”Interés General sobre el Interés Particular se logra cuando en un mismo ámbito  común a las partes (municipio) se plantean objetivos comunes y cada uno expone los objetivos particulares para luego elaborar y promover proyectos en el consenso que otorga la PARTICIPACION en la propia elaboración de la propuesta….” (1)

Pero la propuesta, que debería estar determinada por el Código de Ordenamiento Territorial, apenas esbozada en aquellos años de 1988 definió algunos parámetros para el crecimiento de la ciudad a la espera de una posterior revisión futura. Pero con el devenir de los tiempos y debido a las crisis económicas y políticas, determinaron un crecimiento de ciertas áreas, en función de ciertos intereses inmobiliarios y no en función de las necesidades sociales de la población, generando incompatibilidades locacionales que generaron demandas de foros vecinales e instituciones.

…”Los principales problemas en el uso del suelo intraurbano se relacionan con incompatibilidades locacionales entre actividades urbanas. Las incompatibilidades entre usos del suelo se producen como consecuencia de interferencias funcionales entre actividades colindantes o próximas entre sí. En general, la radicación de actividades económicas produce transformaciones urbanas que alteran el funcionamiento de comportamientos residenciales practicados por la población asentada en sectores residenciales exclusivos y semiexclusivos. Ello genera demandas de juntas vecinales y de vecinos, quienes manifiestan su oposición al establecimiento de emprendimientos que alteran su estilo de vida, disminuyen su calidad ambiental y deprecian sus inmuebles. En la zona puerto coexisten actividades industriales y comerciales con expendio mayoristas y minorista que resultan incompatibles con prácticas residenciales. En otras zonas las actividades industriales, los depósitos mayoristas y los supermercados de venta minorista resultan incompatibles con el desarrollo de otras actividades humanas, debido al ingreso y egreso de vehículos de transporte para el abastecimiento de insumos y productos, al estacionamiento vehicular en la vía pública, a la excesiva afluencia de población y a las molestias ocasionadas por la emisión de efluentes contaminantes que generan polución atmosférica, contaminación sonora y/o alteración ambiental.”…

…”En las zonas industriales y de equipamiento abundan las actividades industriales, los depósitos para acopio de productos destinados a intermediación mayorista y los servicios de mantenimiento y reparaciones a vehículos automotores y  maquinarias. Se observa que las zonas industriales y de equipamiento se encuentran alejadas de sectores urbanos de alta centralidad y de zonas residenciales exclusivas.”…

…”Estas condiciones distantes  tienden a disminuir las interferencias entre usos del suelo, cuya coexistencia presenta mayores incompatibilidades funcionales. Además la existencia del Parque Industrial General Savio, localizado en las inmediaciones de la ciudad de Batán, permite concentrar en él aquellas industrias que presentan mayores molestias y conflictos urbanos. Las industrias radicadas en dicho parque industrial disponen de servicios conjuntos de infraestructura, lo cual posibilita el tratamiento de efluentes industriales y la reducción de la contaminación ambiental. Además, las industrias radicadas en el Partido de General Pueyrredon no presentan efluentes altamente contaminantes que generen inconvenientes para el tratamiento de líquidos cloacales, lo cual reduce los costos de la actual planta de pretratamiento de efluentes urbanos. Los principales problemas de contaminación se circunscriben a  procesadoras de harina de pescado, que emiten efluentes orgánicos y a otros servicios especializados generadores de metales pesados”…. (2)

Durante la temporada estival se produce una excesiva concentración poblacional en el Área Central de la Ciudad de Mar del Plata. En dicha zona, la densidad poblacional alcanza valores cercanos a los 2500 hab/Ha. y se aprecia que en el sector de alta centralidad urbana, se encuentra localizado en la franja turístico-costera, a la cual convergen contingentes de radicación temporaria y de permanencia estable, los cuales dirigen su atención al desarrollo de actividades recreativas, financieras, culturales, de amenidad, de paseos, de compras y de gestión.

La elevada densidad poblacional de verano, la afluencia poblacional desde zonas periféricas de la ciudad hacia el área central y la excesiva circulación vehicular y peatonal provocan polución ambiental. Asimismo, los recorridos del transporte público colectivo de pasajeros convergen hacia el área central y la franja turístico-costera, lo cual contribuye a incrementar la obstrucción de canales circulatorios en dichas zonas. Esta congestión de tránsito vehicular produce conflictos y demoras circulatorias en algunos tramos del boulevard marítimo y en avenidas y calles integrantes del Área Central, lo cual incrementa la polución atmosférica, visual y sonora, así como el tiempo de traslado de la población hacia sus destinos domiciliarios.

…”Las condiciones socioeconómicas estructurales, de orden nacional y regional, motivaron el incremento de migraciones, constituidas por unidades familiares excluidas del desarrollo económico y social. La radicación de estas familias migrantes, determinó la producción de asentamientos precarios, la mayoría de los cuales se localizaron en sectores periejidales y semiurbanizados situados al oeste de la Ciudad de Mar del Plata. La mayor parte de la población que los habitaba provenían de provincias norteñas y del Conurbano bonaerense. Esta tendencia continúa en la actualidad. Algunos de estos asentamientos se han consolidado a través del tiempo y han sido integrados a la planta urbana. Los asentamientos más recientes presentan viviendas deficitarias, problemas de saneamiento e inconvenientes para el hábitat humano”…

…”Todo esto denota el crecimiento de la ciudad hacia los límites del actual ejido. Debido al bajo precio del suelo, la mayoría de los asentamientos precarios y de las viviendas deficitarias se ubican al SO y NO del ejido, configurando ejes de crecimiento continentales adyacentes a las rutas 226 y 88. Se advierte el desborde expansivo hacia el S y N del ejido. Esta expansión, en proximidades de la ruta 11, consolida el eje de crecimiento litoral y el predominio de población turística con residencia transitoria”…


…”Durante las décadas anteriores a la aquí analizada, las inversiones privadas se dedicaban a la producción de bienes y servicios destinados a una demanda estacional de contingentes turísticos de procedencia nacional. La oferta turística satisfacía a una demanda caracterizada por el predominio del consumo popular y social, originado en unidades familiares con ingresos medios y bajos“…

…”Por el contrario, en la década 1990/2000, los emprendimientos privados generaron ofertas balnearias, hoteleras y comerciales para sectores poblacionales de altos ingresos, demandantes de servicios exclusivos. En 1991, se iniciaron las primeras etapas de construcción de balnearios exclusivos en playas privadas, localizadas en las inmediaciones del Faro Punta Mogotes. En 1994 y 1997 se inauguraron el Centro de Compras Los Gallegos y el Paseo Diagonal, respectivamente. En 1995 y 1996 culminaron las construcciones de dos hoteles 5 estrellas, radicados en parcelas frentistas al litoral marítimo. Esta tendencia continuó durante los siguientes años. Las grandes inversiones de capital generaron emprendimientos localizados en sectores de alta centralidad y en sus inmediaciones litorales, consolidando el eje turístico-costero de la ciudad.”… (3)

Por todo lo expuesto, consideramos que sería apropiado una revisión del Código de Ordenamiento Territorial, a fin de determinar que zonas de la ciudad pretendemos que crezcan de acuerdo  a la demanda social y no (como sucede actualmente) que las zonas que crecen, sean consecuencia de un interés inmobiliario de un solo sector económico.

…”Las instituciones intermedias son los organismos vivos que representan los intereses legítimos sectoriales y canalizan en forma activa con su representatividad la defensa y requerimientos reales  de la población.        El  Municipio asume su rol de crear un espacio único en el que privilegiando el interés general se logren los objetivos particulares con unidad de criterio,  en un marco de estricto consenso y con el equilibrio justo que logra únicamente la PARTICIPACIÓN INTERINSTITUCIONAL”…(1)

Para ello es indispensable llamar a las  instituciones locales  (COLEGIOS PROFESIONALES Arquitectos, Ingenieros y Técnicos, CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION DELEGACION MAR DEL PLATA, CENTRO DE CONSTRUCTORES Y ANEXOS, INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA CONSTRUCCION, UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION SECCIONAL MAR DEL PLATA, CAMARA DE ADMINITRADORES DE PROPIEDAD HORIZONTAL, UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA, SOCIEDADES DE FOMENTO, ONGs, FOROS VECINALES, JUBILADOS, ETC. ) y el Municipio para desarrollar en forma conjunta un Nuevo Código de Ordenamiento Territorial, tendiente a homogeneizar a los centros de población marginados de esta ciudad, integrándolos a la trama de la misma

Desarrollar Polos de Crecimiento Industrial (como lo solicita A.P.Y.M.E. – Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios) a fin de incorporar valor agregado al cordón fruti-horticola con la creación de un Polo Industrial alojando dichos polos en áreas alejadas de los centros poblacionales, evitando así la contaminación y la polución.

La descongestión en el Área central de la ciudad de Mar del Plata debe ser una premisa fundamental, evitando de esta forma la excesiva circulación vehicular y peatonal que provocan polución ambiental y demora en el tiempo de traslado de la población hacia sus destinos domiciliarios. Por eso, una de las propuestas de nuestra campaña para ese fin es la Descentralización Administrativa, cuyos efectos inmediatos serían descomprimir la afluencia poblacional al Area Central de la ciudad.

Otro tema es que el Código de Ordenamiento Territorial no prevé normas que protejan el entorno de los edificios patrimoniales y admite la heterogeneidad del tejido, pero luego el Código de Protección Patrimonial exige para la protección, su homogeneidad. Es decir, una norma autoriza la destrucción de las condiciones que la otra exige para posibilitar la protección de un bien patrimonial. (4) Una ciudad turística no debe tener focos “de interés patrimonial”, sino áreas enteras y acaso la ciudad toda. Que la construcción –llamémosla moderna- se realice en lugares alejados de todo interés patrimonial y/o turístico, y se transforme en un interés por sí mismo, y que no sepulte la historia del resto de la ciudad. (5)

REFERENCIAS:
(1) PONENCIA:“ PARTICIPACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA EL SEGUIMIENTO DE   NORMAS VINCULADAS A LA CONSTRUCCIÓN - Organismo Municipal: SECRETARIA DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO -Dependencia: DIRECCION DE COORDINACION TECNICA Y CONTROL DE GESTION.-Agente responsable: Alcira Haydeé Giovanardi.-  Prediagnostico para el Plan Estratégico de la Ciudad de Mar del Plata.
(2) PONENCIA: “Uso del Suelo y Estructura Urbana Actual del Partido de General Pueyrredon y de la Ciudad de Mar del Plata” Organismo municipal: SECRETARIA DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO - Dependencia: DIRECCION DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Agente responsable: Héctor J. Bonavena Prediagnostico para el Plan Estratégico de la Ciudad de Mar del Plata.
(3)  PONENCIA: “Evolución de la Planta Urbana de Mar del Plata” - Organismo municipal: SECRETARIA DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO  Dependencia: DIRECCION DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Agente responsable: Ricardo Rodríguez Prediagnostico para el Plan Estratégico de la Ciudad de Mar del Plata.
(4)  Extraído de varios escritos de Facundo Almeida.
http://facundodealmeida.wordpress.com/tag/mar-del-plata/                               
(5)   Mogotes Libres de Torres – Arq.  Eduardo Layús  - Extraido de la nota del 9/9/11 de su Blog Mogotes Libres de Torres: http://mogoteslibredetorres.blogspot.com/2011/09/y-siguen-las-presiones-por-el-arq.html

lunes, 10 de octubre de 2011

INCREMENTO DEL FOT. DEPREDACION DEL PATRIMONIO URBANO


Esta semana la Comisión de Obras, Seguridad y Planeamiento del Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón (Mar del Plata), integrada por los concejales Katz, Rosso, Laserna, Vargas, Amenábar, Cirese, Maiorano, Baragiola y Beresiarte, realizó una reunión que los vecinos han calificado de vergonzosa. Trataron y aprobaron por unanimidad un dictamen favorable en el expediente 1668/2011, iniciado por el Poder Ejecutivo local, que impulsa una ordenanza para establecer “un régimen promocional hasta el 30 de junio de 2012 aplicable a los distritos urbanos residenciales, centrales, de equipamiento e industriales contemplados en el C.O.T. mediante el cual se incrementan selectivamente los indicadores F.O.T.”.

Como si se tratara de la promoción de una tienda de saldos, autorizan por un año un incremento del 30 por ciento de la superficie construible en varias zonas residenciales de Mar del Plata, atentando contra el derecho constitucional a la preservación del medio ambiente y el patrimonio cultural, y contrariando el reclamo ciudadano que desde hace meses se viene expresando en las presentaciones de proyectos, en las redes sociales y en manifestaciones públicas. Lo que indignó a los vecinos es que la reunión oficial de la comisión en la que los concejales firmaron el dictamen no se realizó en la sede del Concejo Deliberante, sino en… el Colegio de Arquitectos de la ciudad de Mar del Plata.

Los concejales, varios de ellos arquitectos, tal vez se sientan más cómodos en las sillas de esa organización que representa intereses corporativos, y no en las bancas a las que fueron electos por el voto popular. Quien puso la nota fue la concejal Vilma Baragiola, que también es candidata a intendente por el espacio cedido por la UCR a De Narváez, quien fundamentó su voto vía Twitter: “En Mar del Plata la industria de la construcción debe recuperar la previsibilidad y la seguridad jurídica”.

Proyecto de torre arriba de Villa Susuky. Imagen de Punto Noticias

Habría que preguntarle a la concejala si la preservación del patrimonio cultural y el medio ambiente, amparados por la Constitución nacional, la provincial y tratados internacionales suscriptos por la Argentina, no merece de un marco jurídico seguro para su protección. Y si no es, más bien, promover la inseguridad jurídica, la sanción de una ordenanza inconstitucional de carácter “selectivo”, que autoriza en forma “promocional” y temporaria obras que tendrán un impacto permanente en varias zonas de la ciudad.

¿Cuál es la lógica que tiene autorizar obras en una determinada zona por un año? ¿Esas construcciones no tendrán impacto ahora y sí otras que se hagan después de junio de 2012? El proyecto permitirá, según denuncian los vecinos de Alerta Mogotes, “llenar la costa de torres parecidas al Conatus de Sicilia y Trabajadores, y de edificios de cinco pisos en el interior del barrio”, y expresan sus sospechas: “Se ve que el lobby de las cámaras de la construcción tiene tanta urgencia que no les importa el año electoral ni nada de eso, o los candidatos tienen el mismo apuro por juntarse con fondos para la campaña”.

Suspicacia que tal vez explique que se apure una ordenanza totalmente contraria a la norma que suspendió por 90 días la demolición de más de 30 años, que vista en perspectiva parece que fue sólo un amago para calmar a los ciudadanos movilizados, objetivo que no fue logrado.

(Publicado en el diario Página/12 el 16-7-2011).
Escrito por facundodealmeida


Patrimonialistas conversos
Escrito en Arquitectura, Patrimonio arquitectónico, Políticas públicas
Etiquetado con Mar del Plata

Meses atrás describíamos el cinismo de los depredadores marplatenses, expresado en el accionar de sus referentes públicos, como son el intendente Gustavo Pulti y sus concejales adeptos. En aquella oportunidad se mencionó que el Concejo Deliberante local había desprotegido un inmueble con el argumento de que había quedado descontextualizado (teoría de la muela cariada) y por supuesto no se aplicaba el criterio inverso –teoría del colmillo– cuando se trata de aprobar obras en zonas de casas bajas.

Es más, el Código de Ordenamiento Territorial no prevé normas que protegieran el entorno de los edificios patrimoniales y admite la heterogeneidad del tejido, pero luego el Código de Protección Patrimonial exige para la protección su homogeneidad. Es decir, una norma autoriza la destrucción de las condiciones que la otra exige para posibilitar la protección de un bien patrimonial.

También nos referíamos a los reclamos vecinales, que en aquella oportunidad no lograron su objetivo. Sin embargo, no dejaron de hacerse escuchar y ahora sí torcieron el brazo del intendente y sus demoledores ediles, que acaban de disponer la protección de una amplia zona de la ciudad.

La nueva norma sancionada en Mar del Plata aplica dos criterios. El primero es la limitación de la construcción en barrios de casas bajas, con los tradicionales chalets de la ciudad. El segundo es que se suspende la demolición de inmuebles de más de 30 años de antigüedad durante noventa días. Esto último es una versión exagerada y un poco tramposa, por lo breve del plazo, de la permanente norma rosarina que exige una autorización especial para demoler inmuebles de más de 50 años de antigüedad, y que se ha puesto de moda en los proyectos provinciales y municipales luego de su aplicación en la Ciudad de Buenos Aires, con otro criterio temporal.

El descontrol de la construcción en Mar del Plata fue admitido por el arquitecto José Luis Castorina, a cargo del área de Planeamiento Urbano municipal, quien explicó que el boom de la construcción iniciado en 2002 se produjo entre otras cosas por una política de “promoción” de la comuna, que permitía a quien ocupara menor superficie construir más pisos. En 2003, según los registros de Planeamiento Urbano, se edificaron 34.383 metros cuadrados. En 2005 el número era casi el doble: 61.247 metros. El año pasado los metros construidos marcaron el record de la década: 120.886.

“Comenzaron a notarse distorsiones en algunos barrios y creció la preocupación de los vecinos, que de pronto tenían una torre de cinco pisos al lado de su chalet”, ahondó el sorprendido funcionario, que recién ahora se da cuenta de que las medidas de “emergencia” para enfrentar la crisis, se han llevado puesto buena parte del patrimonio arquitectónico de La Feliz.

Sin dudas, la ecuación “año electoral+reclamo vecinal” ha transformado al intendente Pulti –un demoledor nato– y a sus concejales amigos en unos fervientes defensores del patrimonio arquitectónico. Otra vez más el patrimonio arquitectónico se cuela en la agenda política, y la participación y el reclamo ciudadano transforman a insensibles funcionarios en candorosos defensores del patrimonio cultural.

Por supuesto, los depredadores no se han quedado quietos, y el Consejo Asesor de Inversiones de Desarrollo Urbano –que reafirma una vez más la confusión entre construcción indiscriminada y desarrollo– integrado por todos los lobbistas de turno: el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires DIX, el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos, la Cámara Argentina de la Construcción, el Centro de Constructores y Anexos de Mar del Plata, la Unión Obrera de la Construcción, la Secretaría de Planeamiento Urbano y el Honorable Concejo Deliberante, enviaron un documento al intendente expresando su preocupación por las medidas de protección patrimonial.

Y vuelven con la cantinela de pretender que lo único que genera empleo y crecimiento del PBI es la construcción nueva –y si es barata y de mala calidad, mejor–, como si la restauración no fuera parte de la industria de la construcción y como si no estuviera demostrado que –más allá del valor simbólico– cada peso invertido en la preservación patrimonial genera un retorno económico más que significativo.

Si tienen dudas, alguien debería acercarles el informe elaborado por la Asociación Española de Empresas de Restauración del Patrimonio Histórico (Arespa) –leyeron bien, “empresas”–, que determinó que las actividades de mantenimiento del Patrimonio Histórico en ese país costaron al Estado entre 1200 y 2500 millones de euros, pero han generado ingresos por 50.000 millones, según informó recientemente Alfonso Muñoz, director del Instituto del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura. ¿Está claro?

(Publicado en el diario Página/12 el 7-5-2011).
Escrito por facundodealmeida

El cinismo de los depredadores
Escrito en Arquitectura, Patrimonio arquitectónico

Mar del Plata fue una de las ciudades más lindas de la Argentina. En los inicios del siglo XX era el lugar elegido por las familias de mayores recursos para pasar los veranos, y construyeron allí imponentes villas y suntuosas residencias. Los materiales eran traídos de Europa, especialmente de Italia y Francia, y se complementaron con técnicas y materiales locales, entre los que se destacan la piedra Mar del Plata, la madera, las tejas y cerámicas. Este patrimonio arquitectónico fue demolido en gran medida en las últimas décadas y sólo perduran hoy unos 300 inmuebles que fueron declarados como Bienes de Interés Patrimonial en 1995.

La demolición desmedida que transformó para siempre el carácter de la ciudad se agravó en esta última gestión municipal. Esta vez la piqueta, cual guadaña anti patrimonio, amenaza al chalet San José, construido en 1927 por el arquitecto Alula Baldassarini.

La desprotección impulsada por el intendente Gustavo Pulti fue aprobada por el Concejo Deliberante que preside el arquitecto Marcelo Jorge Arquime, a pesar de los reclamos vecinales que una vez más se generalizaron en Internet y se exteriorizaron con una movilización en la esquina de Bernardo de Irigoyen y Boulevard Marítimo.

Estas demoliciones son graves en sí mismas, pero a la vez develan la hipocresía de los depredadores patrimoniales y sus socios funcionarios. Escuchamos más de una vez el argumento de que era necesario determinar de una buena vez qué debía protegerse y qué no, y así tener reglas claras para conservar y para construir.

Pero en Mar del Plata los depredadores, asociados con el intendente y la mayoría de los concejales, violan esas reglas y no contentos con la demolición de edificios valiosos que no tenían protección, arremeten ahora con los bienes protegidos. La explicación es la misma de siempre: que esas piezas arquitectónicas quedaron fuera de contexto. Pero aquí el cinismo de los enemigos del patrimonio llega al extremo.

Villa Lujan quedará cercada por una torre. Imagen 0223.

El Código de Ordenamiento Territorial no prevé normas que protejan el entorno de los edificios patrimoniales y admite la heterogeneidad del tejido. Pero, por otra parte, el Código de Protección Patrimonial sí exige para la protección que exista esa homogeneidad.

Es decir: una norma autoriza la destrucción de las condiciones que la otra exige para la protección de un bien patrimonial. Por supuesto, nunca aplican la “teoría del colmillo” que esbozamos hace unas semanas, esto es, que debería prohibirse la construcción de edificios en altura en áreas bajas o incluso ordenar su demolición, si no se condice con el entorno.

Estos criterios pondrían en riesgo otras edificaciones como el chalet Rodríguez Echeto, emplazado en la avenida Colón y Catamarca; Villa Carmen en Entre Ríos y Falucho y Villa Rocca en Belgrano e Hipólito Yrigoyen. La desafectación de este último fue frenada por el reclamo ciudadano, del que dio cuenta m² hace dos semanas.

Los ciudadanos denuncian que los depredadores compran casas patrimoniales a un valor menor al de otra parcela de similares características, y luego gestionan la desafectación, algo que automáticamente la valoriza.

¿El reparto de esta plusvalía será la razón oculta que explica la motivación de los concejales y el intendente en impulsar este tipo de medidas antipatrimoniales e impopulares?

Algunos ejemplos






 
 
 
 
 
 
Fuentes
Extraído de varios escritos de Facundo Almeida
Cultura y Patrimonio